Chao a los celulares en los colegios: Experta valora la medida, pero alerta por sus excepciones
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El Congreso dejó en condiciones de convertirse en ley de la República el proyecto que
prohíbe el uso de celulares en establecimientos de educación parvularia, básica y
media. La medida comenzará a regir desde el inicio del año escolar 2026.
La normativa contempla una serie de excepciones y su aplicación quedará a cargo de
la Superintendencia de Educación, organismo que deberá establecer los mecanismos y
condiciones para su correcta implementación en los establecimientos.
Soledad Garcés, directora del Diplomado en Bienestar Socioemocional y Convivencia
Escolar de la Universidad de los Andes (Uandes), valora el avance que implica esta
regulación para el cuidado de la salud mental de niños, niñas y adolescentes.
“El aprobar esta ley nos pone a la altura de otros países del mundo que están
intentando cuidar la salud mental de nuestros niños”, señala la experta.
Sin embargo, advierte que las excepciones pueden dificultar su aplicación real.
“Lamentablemente, las cinco excepciones que plantea esta ley hacen muy complejo
para muchísimos colegios de nuestro país implementar la normativa como
corresponde”, afirma.
En esa línea, la académica Uandes agrega: “Esperamos que esto se corrija en un
futuro próximo, pero agradecemos también que este tema se ponga en la sociedad para
iniciar esta conversación respecto al cuidado de la infancia”.
¿Cuáles son las excepciones?
Las excepciones que indica el proyecto para autorizar el uso de celulares en
determinadas situaciones son las siguientes:
Cuando el estudiante presente necesidades educativas especiales,
acreditadas por un certificado profesional.
En situaciones de emergencia, desastre o catástrofe.
Si el alumno padece una enfermedad o condición de salud que requiera
monitoreo mediante estos dispositivos, certificado por un médico.
Cuando el uso del dispositivo sea útil para la enseñanza en actividades
curriculares o extracurriculares.
Si el padre, madre o apoderado lo solicita de forma temporal por razones
fundadas de seguridad personal o familiar.
En los dos últimos casos, la autorización deberá ser otorgada por el director del
establecimiento.