Ultima actualización Noviembre 22nd, 2024 2:15 PM
LOS 3 PROBLEMAS MÁS COMUNES AL REALIZAR LA DECLARACIÓN DE IMPUESTOS
Avanzan las semanas y se acerca la Declaración de Impuesto a la Renta, proceso en el que las personas naturales y empresas informan al Servicio de Impuestos Internos (SII) sus ingresos en 2023, a través del Formulario 22.
Y si bien la Operación Renta se realiza cada año, varias son las dudas y/o dificultades que las y los contribuyentes enfrentan a la hora de concretar el trámite.
Según la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), uno de los 3 problemas más recurrentes es el “Desconocimiento del régimen tributario y obligaciones asociadas”, que conlleva distintas maneras de determinar los impuestos a pagar. Por ejemplo, en la actualidad, para el Impuesto de Primera Categoría, existen seis tipos:
o General (semi integrado). Empresas de mayor tamaño, es decir, aquellas que no califican como PYME (Ingresos anuales sobre 75.000 UF).
o Pro Pyme General. Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes).
o Pro Pyme Transparente. Solo pueden acogerse a este régimen empresas cuyos socios/as sean contribuyentes de Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional.
o Renta Presunta. Actividades agrícolas, de transporte y minería, cuyos ingresos no superen el tope legal para cada tipo de actividad.
o No sujetos al artículo 14. Fundaciones, Corporaciones o empresas en que el Estado tenga la totalidad de su propiedad, entre otras.
“Hay contribuyentes que asocian la Operación Renta sólo a la devolución de impuestos y no es así. Es un proceso clave que forma parte de las obligaciones tributarias para el cual, necesitamos estar informadas e informados de sus implicancias. Ése es el camino que estamos siguiendo como Defensoría: entregar las herramientas para que las personas sepan todo sobre el proceso y puedan, por ejemplo, resolver oportunamente eventuales observaciones y evitar multas”, señaló el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro.
Otra de las dudas más recurrentes es el “Desconocimiento de los plazos del proceso”, el cual ya comenzó con la recopilación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) de las Declaraciones Juradas de Renta que efectúan las y los contribuyentes respecto de información propia o de terceros/as.
Si bien no han sido comunicados oficialmente, las etapas del proceso se han realizado en estos meses durante los años anteriores:
o Enero-julio: Declaraciones Juradas
o Abril-mayo: Declaración de Impuesto a la Renta
o Desde mayo: Devolución de impuestos y Observaciones del SII
o Mayo en adelante: Rectificación/Impugnación
Con la información recopilada entre enero y marzo, el SII construye las propuestas de declaración que pone a disposición de las personas durante abril, dando inicio así al período de la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta, etapa que concluye en mayo.
Posteriormente, el Servicio valida la información entregada por las y los contribuyentes en sus declaraciones y determina si ésta se acepta o genera observaciones. En el caso de aprobación y proceda devolución, se indica a la Tesorería General de la República (TGR) que libere los dineros a quienes pagaron impuestos en exceso. En tanto, las que recibieron “reparos” tendrán que ser rectificadas y/o impugnadas.
Producto del procesamiento de las Declaraciones Juradas y la Declaración de Renta pueden producirse “Inconsistencias”, es decir, diferencias entre la información entregada -propia o de terceras personas- y las declaraciones mensuales o anuales de cada contribuyente.
“Es fundamental que las y los contribuyentes estén al tanto de los distintos hitos de la Operación Renta para que no tengan problemas con sus declaraciones que pueden afectar el pago de sus impuestos. Y si bien sabemos que los trámites tributarios son -a veces- complejos o difíciles de entender, a través de www.dedecon.cl, disponemos gratuitamente de todo nuestro equipo de especialistas para ayudar y orientar a las personas para que puedan resolver cada uno de los pasos de este trámite tan importante”, acotó el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro.
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