Los hechos ocurrieron a fines de octubre de 2019 y fueron investigados por la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos de la Fiscalía de Tarapacá.
Por el delito contra el orden público de impedir el libre tránsito de las personas y vehículos por caminos de uso público contemplado en la Ley de Seguridad del Estado y el de daños calificados fue condenado el acusado Edwin Marabolí Caipa a las penas de 3 años y un día y 61 días de presidio, respectivamente, luego que la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos de la Fiscalía de Tarapacá lograra acreditar en el juicio oral su participación en el levantamiento de una barricada incendiaria en la ruta A-1, la mañana del 28 de octubre de 2019.
Gracias a la prueba presentada por el fiscal de foco Maximiliano Mariángel se dio por acreditado que el día de los hechos, cerca de las 07:00 horas, en el contexto de los desórdenes y manifestaciones producidas durante el denominado “Estallido Social”, el acusado llegó a bordo de su vehículo marca Mazda, modelo Tribute, junto con otros sujetos no identificados, hasta el kilómetro 400 de la ruta A-1, que une la ciudad de Iquique con el Aeropuerto Diego Aracena, lugar en donde se detuvieron en la pista que va hacia el sur y descargaron desde el maletero varios neumáticos, los que rociaron con un líquido acelerante, prendiéndoles fuego, bloqueando e impidiendo el tránsito y libre acceso a este camino público para luego huir del lugar.
Producto de la combustión de los neumáticos, la ruta A-1 resultó con daños en la carpeta asfáltica avaluados por el tribunal en la suma de $1.500.000.
En el juicio el fiscal presentó los testimonios de funcionarios de la Fuerza Aérea que pasaron por el lugar al momento de los hechos, logrando ver al acusado y captar imágenes de su vehículo y de la barricada incendiaria. También del personal del SEBV de Carabineros que realizaron la investigación, logrando identificar al acusado a través del vehículo y de información obtenida por las redes sociales; y de un representante de la concesionaria que informó de los daños producidos en la ruta.
Si bien la defensa del acusado solicitó su absolución, el tribunal consideró que en el juicio sí se dio por acreditada la participación del acusado en los hechos y que éstos configuraban los delitos de daños calificados, dado el monto del perjuicio ocasionado y que fueron provocados en una carretera de uso público; y el delito contra el orden público de la Ley de Seguridad del Estado, ya que “usando elementos incendiarios se destruyó, inutilizó e impidió el libre acceso a un camino de uso público, ilícito que se perpetró estando vigente un Estado de Excepción Constitucional en esta región”.
El condenado Edwin Marabolí Caipa, trabajador de una empresa minera y dirigente de la Central Unitaria de Trabajadores, deberá cumplir las penas de 3 años y un día y 61 días de presidio, otorgándole el tribunal el beneficio de libertad vigilada